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TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN Y DE INICIO DE LA ACTIVIDAD - RECOMENDACIONES PDF Imprimir E-mail
Escrito por DAVID ESPINOSA   
Miércoles, 04 de Marzo de 2009 11:51

 

RECOMENDACIONES - TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN Y DE INICIO DE LA ACTIVIDAD

 

0. Recomendaciones generales.

 

1.    Trámites de constitución.

 

a.     Trámites generales de constitución.

b.    Trámites telemáticos de constitución (Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización).

 

2.    Trámites de inicio de la actividad.

 

a.     Trámites fiscales.

b.    Trámites laborales y de Seguridad Social.

c.     Otros trámites.

 

3.    Cronograma.

 

4.    Ficha resumen.

 

 

 

0.    Recomendaciones generales.

 

Os aconsejo visitar el Punto de Atención al Emprendedor del Ayuntamiento de Valdepeñas.

 

Junto con la descripción de cada trámite se comentará el coste asociado al mismo.

 

Os aconsejo leer los siguientes artículos de la revista Emprendedores:

 

  • Nº 190 JULIO 2013. ESTRATEGIA - EXPERIENCIAS RELATIVAS A LOS TRÁMITES BUROCRÁTICOS (PÁG. 38)
  • Nº 162 MARZO 2011. LEGISLACIÓN - CÓMO HACER UNOS BUENOS ESTATUTOS PARA TU EMPRESA (PÁG. 46)
  • Nº 159 DICIEMBRE 2010. ESTRATEGIA - ATAJOS BUROCRÁTICOS (TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA DE TU EMPRESA) (PÁG. 62)
  • Nº 148 ENERO 2010. RESORTES LEGALES PARA PROTEGER EL PATRIMONIO PERSONAL DE LAS DEUDAS EMPRESARIALES (PÁG. 50)
  • Nº 136 ENERO 2009. MUY PRÁCTICO - UN ESTATUTO A LA MEDIDA DE CADA EMPRESA (PÁG. 118)
  • Nº 132 SEPTIEMBRE 2008. COMERCIO - CÓMO TRAMITAR LAS LICENCIAS NECESARIAS (PÁG. 56).
  • Nº 115 ABRIL 2007. GESTIÓN - TRÁMITES PARA ABRIR UN NEGOCIO (PÁG. 60).
  • Nº 105 JUNIO 2006. GESTIONES ADMINISTRATIVAS ON LINE (PÁG. 60).

 

 

1.    Trámites de constitución.

 

a.     Trámites generales de constitución.

 

En este documento podréis encontrar la normativa básica sobre denominaciones.

 

En este documento podréis encontrar información sobr los trámites referentes a certificaciones de denominación social.

 

El mismo día del otorgamiento de la escritura de constitución, celebraréis una Junta General Universal donde aprobaréis los estatutos y designaréis al administrador/es de la sociedad. Debéis redactar el acta correspondiente a dicha Junta General Universal.

 

La escritura de constitución y, especialmente, los estatutos, se deben cumplimentar con el mayor detalle posible, en función de los datos correspondientes a vuestro negocio (capital social, denominación social, objeto social, órgano de administración).

 

Existen algunas páginas web, en las que podemos encontrar modelos de estatutos y de escrituras de constitución. Sirva como ejemplo, la siguiente:

 

 

La Orden Jus/1445/2003, de 4 de junio, contiene unos estatutos orientativos para la sociedad limitada nueva empresa.

 

En los estatutos se debe contemplar que la fecha de inicio de las operaciones sociales es el 1 de enero del 2014.

 

Si la forma jurídica elegida es la sociedad laboral, aquí tenéis algunos enlaces interesantes:

 

 

b.    Trámites telemáticos de constitución (Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización).

 

Os aconsejo echar un vistazo al siguiente artículo.

 

 

2.    Trámites de inicio de la actividad.

 

a.     Trámites fiscales.

 

A través de este enlace, podéis acceder a las declaraciones censales de la Agencia Tributaria (entre ellas, los modelos 036 y 037).

 

La declaración de alta, modificación y baja del IAE, en caso de sujetos pasivos que estén exentos del mismo por todas las actividades que desarrollen, se llevará a cabo a través del modelo 036 (Declaración Censal). En caso de que cualquiera de sus actividades tribute en el IAE presentará el modelo 840.

 

b.    Trámites laborales y de Seguridad Social.

 

Los formularios/modelos de la Seguridad Social los podéis encontrar aquí (TA.6, TA.1, TA.2/S).

 

Respecto al modelo TA.16, os comento que actualmente no es necesario cumplimentarlo, ya que el empresario puede hacer constar en el propio modelo TA.6, la entidad gestora y/o la entidad o entidades colaboradoras por las que opta tanto para la protección de las contingencias de trabajo y enfermedades profesionales como para la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

 

En este enlace (página de la Consejería de Empleo y Economía de la JCCM) encontraréis información sobre la comunicación de apertura de los centros de trabajo, así como el impreso de solicitud correspondiente. 

 

La Resolución de 11 de abril de 2006, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, regula el libro de visitas.

 

Las empresas y trabajadores autónomos podrán optar por sustituir los libros de visitas convencionales por la utilización de una aplicación web accesible desde Internet, en la que se recogen y gestionan las diligencias efectuadas por la ITSS y técnicos habilitados de las CCAA.  La solicitud de la sustitución será potestativa para las empresas/trabajadores autónomos, de modo que sólo aquellas que expresamente lo soliciten y sean autorizadas, emplearán la aplicación del LVE (Libro de Visitas Electrónico).

 

A través del siguiente enlace podréis simular la comunicación electrónica del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a la Consejería de Empleo y Economía. La comunicación escrita se puede descargar desde aquí.

 

A través de este enlace (página de la Consejería de Trabajo y Empleo de la JCCM), podéis acceder al calendario laboral de cualquier localidad de la provincia de Ciudad Real.

 

c.     Otros trámites.

 

A través de la página web del Ayuntamiento de Valdepeñas (SERVICIOS AL CIUDADANO - TRÁMITES - IMPRESOS - MODELOS), podéis acceder a los modelos que se utilizan para solicitar la licencia de obras, la licencia de apertura, etc. ante el Ayuntamiento de Valdepeñas.

 

Según el Título I de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios para el inicio y desarrollo  de actividades comerciales minoristas y de prestación de determinados servicios realizados a través de establecimientos permanentes, situados en cualquier parte del territorio nacional, y cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 750 metros cuadrados, no podrá exigirse por parte de las administraciones o entidades del sector público la obtención de licencia previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad, ni otras de clase similar o análogas que sujeten a previa autorización el ejercicio de la actividad comercial a desarrollar o la posibilidad misma de la apertura del establecimiento correspondiente.

 

Tampoco será exigible licencia o autorización previa para la realización de las obras ligadas al acondicionamiento de los locales para desempeñar la actividad comercial cuando no requieran de la redacción de un proyecto de obra.

 

Tanto para la legalización de los libros contables como para el depósito de las cuentas anuales, es necesario la instalación de las últimas versiones de los programas proporcionados por el registro mercantil, con objeto de poder obtener los documentos y la certificación de la firma digital necesaria para su correspondiente legalización o depósito. Pulsad sobre Registro Electrónico para descargar los programas.

 

 

 

 

3.    Cronograma.

 

Toda la documentación de esta parte del proyecto se debe elaborar bajo la hipótesis de que la actividad de vuestra empresa comenzará el 1 de enero de 2014. Esta circunstancia se debe tener en cuenta a la hora de fechar cada uno de los documentos/impresos/modelos y de realizar el cronograma.

 

El siguiente esquema os servirá de guía para secuenciar algunos de los trámites:

 

 

Os aconsejo echar un vistazo al siguiente artículo de la revista Emprendedores:

 

 

 

4.    Ficha resumen.

 

Podéis personalizar la ficha-resumen con vuestro logotipo y nombre comercial.

 

 

 

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Última actualización Miércoles, 12 de Marzo de 2014 00:05
 

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