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VALORES MOBILIARIOS PDF Imprimir E-mail
Escrito por DAVID ESPINOSA   
Miércoles, 30 de Mayo de 2012 15:37

CONCEPTO.

ACCIONES.

OBLIGACIONES.

OTROS VALORES MOBILIARIOS.

VALOR NOMINAL Y VALOR EFECTIVO

 

 

CONCEPTO.

 

Los valores mobiliarios son aquellos títulos-valores emitidos en masa, con identidad de derechos (al menos, los de la misma clase), y que son fácilmente transmisibles. Recordemos al respecto, que un título-valor es un documento que incorpora la promesa unilateral de realizar determinadas prestaciones, a favor de quien resulte legítimo tenedor del mismo. A continuación, se van a estudiar los principales valores mobiliarios.

 

 

 

ACCIONES.

 

 

- CONCEPTO-.

 

Las acciones son títulos-valores que representan una parte proporcional (valor nominal) del capital social de una sociedad anónima o de una sociedad comanditaria por acciones, y que atribuyen a sus titulares una serie de derechos. La Ley de Sociedades de Capital admite que las acciones puedan estar representadas también mediante anotaciones en cuenta.

 

Cuando se emiten nuevas acciones, los accionistas deben desembolsar inicialmente, al menos, el 25% de su valor nominal. El resto se debe desembolsar en los plazos y condiciones fijados por la sociedad. A cada uno de estos desembolsos se le denomina “dividendo pasivo”.

 

Las acciones son valores mobiliarios de renta variable, porque la renta que proporcionan a sus titulares (dividendo activo) no está predeterminada, sino que dependerá de los beneficios que obtenga la sociedad.

 

- DERECHOS QUE LA ACCIÓN ATRIBUYE A SU TITULAR-.

 

Cada acción confiere a su titular legítimo la condición de socio y le atribuyen, como mínimo, los siguientes derechos:

 

a.     El de participar en el reparto de las ganancias sociales y en el patrimonio resultante de la liquidación.

b.     El de suscripción preferente en la emisión de nuevas acciones o de obligaciones convertibles en acciones.

c.     El de asistir y votar en las juntas generales y el de impugnar los acuerdos sociales.

d.     El de información.

 

- CLASES DE ACCIONES-.

 

Las acciones se pueden clasificar atendiendo a diversos criterios:

 

·         Según su mayor o menor transmisibilidad, las acciones pueden ser: a) al portador, que se transmiten con la simple entrega del documento; b) nominativas, cuya transmisión ha de ser comunicada a la sociedad y registrada por ésta. Mientras no haya sido enteramente desembolsado el importe de la acción, ésta deberá revestir la forma nominativa.

 

·         Atendiendoa su precio de emisión, las acciones pueden ser: a la par, bajo la par osobre la par, según que el precio de emisión sea igual, inferior o superior al valor nominal. En España, está prohibido por la ley emitir acciones bajo la par, pero sí es lícita la emisión de acciones con prima, que deberá satisfacerse íntegramente en el momento de la suscripción.

 

·         Según losderechos que otorgan, las acciones pueden ser: a) ordinarias; b) privilegiadas, que conceden algún privilegio frente a las ordinarias; c) sin voto, que confieren a sus titulares unos derechos económicos preferentes, para compensar que no atribuyen el derecho de voto.

 

Ley de sociedades de capital.

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OBLIGACIONES.

 

 

- CONCEPTO-.

 

Las obligaciones son títulos-valores que representan una parte proporcional de una deuda o empréstito, emitido por una empresa. Ésta se compromete a reembolsar el importe de cada obligación y a pagar unos intereses, que entregará periódicamente o junto con el precio de reembolso. Por esta razón, las obligaciones son consideradas valores mobiliarios de renta fija, ya que la renta que proporcionan a sus titulares (intereses), está normalmente predeterminada.

 

 - CLASES DE OBLIGACIONES-.

 

Las obligaciones, emitidas únicamente por las sociedades anónimas, se pueden clasificar atendiendo a los siguientes criterios:

 

·         Según la forma de amortización, las obligaciones se clasifican en: a) obligaciones con vencimiento fijo, si se conoce la fecha en que serán amortizadas; b) obligaciones con vencimiento variable, cuando existen distintas fechas de amortización, siendo un sorteo el que determina cuándo se amortiza cada obligación.

 

·                     Atendiendo al tipo de rendimiento que generan, las obligaciones pueden ser: a) obligaciones que perciben únicamente un interés, fijo o variable, de forma periódica o íntegramente al vencimiento (cupón cero); b) obligaciones que, además de percibir un interés, cuentan con una ventaja adicional (prima de emisión, prima de reembolso, participación en los beneficios de la empresa –obligaciones participativas-, precio de reembolso variable en función de un determinado índice -obligaciones indiciadas-, opción de suscripción de acciones –obligaciones con warrant-, lotes o premios -percibidos por sorteo-, etc.).

 

·                     Otras clasificaciones, como las que distinguen entre: a) obligaciones a corto plazo y obligaciones a largo plazo (atendiendo al período de amortización); b) obligaciones garantizadas y obligaciones sin garantía por parte de la entidad emisora; c) obligaciones convertibles y obligaciones no convertibles (en función de que se puedan canjear o no por acciones de la entidad emisora); etc.    

 

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OTROS VALORES MOBILIARIOS.

 

 

Además de las acciones y de las obligaciones, existen otras clases de valores mobiliarios. Sirvan como ejemplos, los siguientes:

 

- LOS BONOS-.

 

Son activos financieros privados de renta fija, similares a las obligaciones. La diferencia fundamental respecto a éstas, se encuentra en el período de reembolso o amortización, que suele ser más breve en el caso de los bonos (normalmente hasta tres años). De cualquier forma, estos últimos son menos utilizados por las empresas que las obligaciones.

          

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- LETRAS DEL TESORO-.

 

Son activos financieros de renta fija emitidos por el Estado, por lo que forman parte de la Deuda Pública. Estos títulos son emitidos al descuento, normalmente mediante subasta.

 

La emisión al descuento significa que los inversores adquieren las letras a un precio inferior al nominal de las mismas, por lo que el rendimiento se obtiene por diferencia entre lo pagado o efectivo y el nominal que se recuperará al vencimiento. La emisión mediante subasta implica que son los propios inversores los que, en función de sus ofertas, determinan la rentabilidad de las letras.

 

El valor nominal de cada letra del Tesoro es de 1.000 euros y su vencimiento puede ser a 3, 6, 12 y 18 meses.

 

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- BONOS Y OBLIGACIONES DEL ESTADO-.

 

Son activos financieros de renta fija emitidos mediante subasta por el Estado a medio plazo (3 y 5 años) y a largo plazo (10, 15 y 30 años) respectivamente, formando parte también de la Deuda Pública.

 

A diferencia de las letras del Tesoro, no se emiten al descuento, sino que reparten una serie de intereses fijos anuales a lo largo de sus vidas. Los bonos y las obligaciones del Estado tienen un valor nominal de 1.000 euros.

 

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- PAGARÉS DE EMPRESA-.

 

También llamados “papel comercial”, son valores de renta fija emitidos al descuento por grandes empresas con la finalidad de diversificar sus fuentes de financiación, y con vencimiento a corto plazo.

 

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 - TÍTULOS HIPOTECARIOS-.

 

Se trata de títulos de renta fija, que quedan garantizados por bienes inmuebles sobre los que el emisor tiene ciertos derechos. Entre los títulos hipotecarios, los más conocidos son las cédulas, los bonos y las participaciones hipotecarias.

 

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VALOR NOMINAL Y VALOR EFECTIVO.

 

- VALOR NOMINAL-.

 

El concepto “valor nominal” tiene un significado distinto, dependiendo del valor mobiliario de que se trate:

 

  • En las acciones, el valor nominal es la parte proporcional del capital social correspondiente a cada título. La Ley de Sociedades de Capital no establece límite, ni máximo ni mínimo, a ese valor nominal.

 

  • En las obligaciones y en los bonos, el valor nominal es la parte proporcional de la deuda o empréstito emitido por una entidad. Sobre ese valor nominal se calcularán los intereses que deberá pagar la entidad emisora al titular.

 

  • En la Deuda Pública, el valor nominal tiene el mismo significado que en el caso anterior, pero siendo el ente emisor una entidad pública.

 

 - VALOR EFECTIVO-.

 

El valor efectivo de un valor mobiliario está constituido por el importe total satisfecho o que deba satisfacerse por la adquisición del mismo, incluidos los gastos inherentes a la operación (corretajes, comisiones, impuestos, etc.).

 

 

 

 

 

Fondos de inversión financieros.

Bolsas de Valores

Deuda Pública

Normativa

Enlaces de interés

Última actualización Miércoles, 30 de Mayo de 2012 15:53
 

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